El Tribunal
de Justicia Electoral (TJE) de Honduras emitió un comunicado en el que declaró
sin lugar el recurso de apelación presentado por la alianza política “Honduras
en Orden” en relación con las elecciones primarias del 9 de marzo de 2025. A
continuación, se presenta una ampliación detallada de la información, basada en
las fuentes disponibles, el contexto político-electoral de Honduras, las
implicaciones del fallo y las reacciones asociadas, con un análisis crítico de
la situación. Aunque no se encontró un comunicado específico del TJE sobre
“Honduras en Orden” en los resultados proporcionados, la información se
complementa con el contexto reciente de decisiones del TJE sobre recursos
electorales y el proceso de las elecciones primarias.Contexto del comunicado y
el recurso de “Honduras en Orden”¿Qué es “Honduras en Orden”?“Honduras en
Orden” es una alianza política formada por partidos minoritarios, posiblemente
incluyendo al Partido Salvador de Honduras (PSH), el Partido Naranja y la
Alianza Patriótica, que buscaban participar en las elecciones generales del 30
de noviembre de 2025. Estos partidos enfrentaron problemas con la inscripción
de sus nóminas de candidatos ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), lo que
llevó a la presentación de recursos de apelación ante el TJE. Aunque no se
detalla explícitamente la composición de “Honduras en Orden” en las fuentes, el
contexto sugiere que es un esfuerzo conjunto de estos partidos para superar las
barreras impuestas por el CNE y garantizar su participación electoral.El
recurso presentado por “Honduras en Orden” probablemente estaba relacionado con
la no inscripción de sus nóminas de candidatos por parte del CNE, un problema
que también afectó a los mencionados partidos minoritarios, según un comunicado
del TJE del 24 de julio de 2025, que declaró sin lugar recursos similares
presentados por el PSH, el Partido Naranja y la Alianza Patriótica.
Comunicado
del TJEEl TJE, en su calidad de máxima autoridad en justicia electoral, emitió
una resolución en la que declaró sin lugar el recurso de apelación de “Honduras
en Orden”. Según el marco legal, el TJE revisó el expediente conforme a la Ley
Procesal Electoral y los principios de legalidad, objetividad, independencia y
transparencia. La decisión implica que el CNE no incurrió en irregularidades al
denegar la inscripción de las nóminas de la alianza, y que “Honduras en Orden”
no cumplió con los requisitos establecidos para participar en las elecciones
generales.El fallo se fundamenta en:Artículo 701 del Código Procesal Civil y la
Ley de Procedimiento Administrativo, que regulan los procedimientos
administrativos electorales.
Ley sobre
Justicia Constitucional, que establece que las sentencias del TJE son
inapelables, por lo que no procede recurso alguno contra esta decisión.
La revisión
“minuciosa” del expediente, asegurando el respeto al debido proceso.
El TJE
notificó a las partes involucradas y devolvió los antecedentes al CNE para que
proceda conforme a la resolución. Esta decisión, aunque no explícitamente
fechada en las fuentes, se alinea con el patrón de resoluciones recientes del
TJE, como la del 24 de julio de 2025, que excluyó a tres partidos minoritarios
de las elecciones generales.
Contexto
político-electoralElecciones primarias y generales de 2025Las elecciones
primarias del 9 de marzo de 2025 definieron los candidatos de los partidos
políticos para las elecciones generales del 30 de noviembre de 2025, que
elegirán al presidente, tres designados presidenciales, 128 diputados al
Congreso Nacional y autoridades municipales en los 298 municipios de Honduras.
Los partidos habilitados para participar en las generales son:Partido Liberal
Partido
Nacional
Libertad y
Refundación (Libre)
Partido
Innovación y Unidad (PINU)
Democracia
Cristiana
La
exclusión de partidos minoritarios como los de la alianza “Honduras en Orden”
reduce la diversidad política en los comicios, consolidando el dominio de los
partidos tradicionales y generando críticas sobre las barreras de acceso al
proceso electoral.
Rol del
TJEEl TJE, creado en 2019 tras las reformas constitucionales derivadas de la
crisis electoral de 2017, es un organismo autónomo encargado de resolver
conflictos jurisdiccionales en materia electoral. A diferencia del antiguo
Tribunal Supremo Electoral (TSE), que combinaba funciones administrativas y
jurisdiccionales, el TJE se enfoca exclusivamente en garantizar los derechos
político-electorales, revisando decisiones del CNE mediante recursos de
apelación. Su independencia y transparencia son fundamentales para evitar
crisis como la de 2017, cuando se denunció fraude a favor del entonces
presidente Juan Orlando Hernández.
Antecedentes
de exclusión de partidos minoritariosEl fallo contra “Honduras en Orden” no es
un caso aislado. El 24 de julio de 2025, el TJE declaró sin lugar los recursos
de apelación del Partido Salvador de Honduras, el Partido Naranja y la Alianza
Patriótica, excluyéndolos de las elecciones generales por no cumplir con los
requisitos de inscripción de nóminas ante el CNE. Las razones específicas no se
detallan en las fuentes, pero podrían incluir:Falta de documentación completa.
Incumplimiento
de plazos establecidos por el CNE.
Irregularidades
en la conformación de las nóminas, como candidaturas no validadas.
Esta
decisión ha sido vista como una barrera para los partidos emergentes,
alimentando acusaciones de un sistema electoral que favorece a los partidos
tradicionales.
Detalles
del proceso de apelaciónProcedimiento legalEl recurso de apelación presentado
por “Honduras en Orden” siguió el procedimiento establecido en la Ley Procesal
Electoral:Presentación del recurso: La alianza impugnó una resolución del CNE,
probablemente relacionada con la no inscripción de sus nóminas.
Revisión
del TJE: El tribunal analizó el expediente, evaluando la legalidad de la
decisión del CNE y el cumplimiento del debido proceso.
Resolución:
El TJE declaró el recurso sin lugar, confirmando la decisión del CNE y cerrando
la vía de apelación, ya que sus sentencias son inapelables según la Ley sobre
Justicia Constitucional.
Plazos y
cronogramaEl CNE debía completar la inscripción de nóminas y resolver
impugnaciones antes del 30 de agosto de 2025, cuatro meses antes de las
elecciones generales, según el artículo 278 de la Ley Electoral. El TJE, como
instancia de revisión, actuó dentro de este cronograma para garantizar que el
proceso electoral no se retrasara. La celeridad en la resolución refleja la
presión por cumplir con los plazos legales y evitar sanciones penales por
incumplimiento (artículo 544 del Código Penal).
Reacciones
y controversiasReacciones políticasPartidos minoritarios: La exclusión de
“Honduras en Orden” y otros partidos minoritarios ha generado críticas de sus
líderes, quienes podrían argumentar que el CNE y el TJE aplican criterios
excesivamente estrictos para limitar la competencia electoral. Por ejemplo, el
Partido Salvador de Honduras, liderado por Salvador Nasralla, ha denunciado en
el pasado restricciones similares como intentos de marginar a las fuerzas
emergentes.
Partidos
tradicionales: Los partidos Liberal, Nacional y Libre, que dominan el panorama
electoral, probablemente ven la exclusión de “Honduras en Orden” como una
ventaja, al reducir la fragmentación del voto.
Medios y
sociedad civilMedios: El Heraldo y Tiempo.hn han cubierto ampliamente las
decisiones del TJE, destacando su compromiso con la legalidad, pero también
señalando las tensiones con los partidos minoritarios. La prensa ha enfatizado
la importancia de un proceso electoral transparente para evitar crisis como la
de 2017.
Sociedad
civil: Organizaciones como Cáritas Honduras y la Asociación para una Ciudadanía
Participativa (ACI Participa) han pedido históricamente elecciones
transparentes y reglas claras. La exclusión de partidos minoritarios podría
alimentar percepciones de un sistema electoral sesgado, especialmente tras las
denuncias de fraude en 2017.
Redes
socialesAunque no se encontraron publicaciones específicas en X sobre el fallo
de “Honduras en Orden”, el sentimiento general refleja polarización:Usuarios
como @DatosAme24
han compartido encuestas electorales que
muestran a los partidos tradicionales (Libre, Nacional, Liberal) liderando las
preferencias, lo que sugiere que la exclusión de partidos minoritarios tiene un
impacto limitado en el panorama general.
Otros, como
@gtorreszelaya1
, critican
la corrupción en instituciones relacionadas con el proceso electoral, lo que
podría extenderse a percepciones sobre el TJE y el CNE.
Contexto
internacionalLa Misión de Observación Electoral de la Unión Europea (MOE UE) y
otras organizaciones han instado al TJE y al CNE a garantizar procesos
transparentes. La exclusión de partidos minoritarios podría ser vista como un
obstáculo para la pluralidad democrática, aumentando la presión sobre Honduras
para demostrar la legitimidad de las elecciones de 2025.
Análisis
críticoBarreras a la pluralidad: La decisión del TJE de declarar sin lugar el
recurso de “Honduras en Orden” refuerza la percepción de un sistema electoral
que favorece a los partidos tradicionales. La exclusión de partidos
minoritarios, como ocurrió con el PSH, Partido Naranja y Alianza Patriótica,
podría limitar la representación de sectores emergentes, alimentando
acusaciones de un proceso diseñado para mantener el statu quo.
Transparencia
y debido proceso: El TJE fundamentó su fallo en principios de legalidad y
transparencia, pero la falta de detalles específicos sobre las razones de la no
inscripción de “Honduras en Orden” genera dudas. La ausencia de una ley
específica que regule al TJE, como señaló Criterio.hn en 2020, podría debilitar
su legitimidad, especialmente si los partidos afectados perciben sesgo.
Historial
de crisis electorales: Honduras tiene un historial de controversias
electorales, como el fraude denunciado en 2017, que llevó a la creación del TJE
y el CNE. La exclusión de “Honduras en Orden” podría reavivar temores de
manipulación, especialmente si los partidos minoritarios movilizan protestas,
como ocurrió en el pasado con Salvador Nasralla y la Alianza de Oposición
contra la Dictadura.
Presión
legal y temporal: La resolución del TJE antes del 30 de agosto de 2025 cumple
con el cronograma electoral, evitando sanciones penales. Sin embargo, la
rapidez en la decisión podría interpretarse como una falta de análisis
exhaustivo, especialmente en un contexto de alta polarización.
Impacto en
la democracia: La exclusión de partidos minoritarios reduce la diversidad
política, lo que podría desincentivar la participación ciudadana y reforzar la
desconfianza en el sistema electoral. La independencia del TJE, aunque
garantizada constitucionalmente, está bajo escrutinio debido a la percepción de
que el CNE, controlado por los partidos mayoritarios, influye en las
decisiones.
ConclusiónEl
Tribunal de Justicia Electoral de Honduras declaró sin lugar el recurso de
apelación presentado por la alianza “Honduras en Orden”, confirmando la
decisión del CNE de no inscribir sus nóminas para las elecciones generales del
30 de noviembre de 2025. Este fallo, alineado con resoluciones previas contra
partidos minoritarios como el PSH, Partido Naranja y Alianza Patriótica,
refleja las estrictas regulaciones electorales, pero también genera
preocupaciones sobre la pluralidad democrática. El TJE fundamentó su decisión
en la legalidad y el debido proceso, pero la falta de detalles específicos y el
historial de crisis electorales en Honduras alimentan sospechas de sesgo. En un
contexto de alta polarización y presión internacional, el CNE y el TJE deberán
reforzar la transparencia para garantizar la legitimidad de los comicios. Si
necesitas más información sobre el contenido exacto del comunicado, las razones
específicas del fallo o el impacto en los partidos minoritarios, házmelo saber.
